LUIS MANUEL IBARRA CONEJERA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
21 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Claudia Invernizzi Alvarado, Defensora Penal Pública Penitenciaria, interpone acción constitucional de amparo a favor de Luis Manuel Ibarra Conejera en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de San Miguel, de 13 de octubre de 2025, que rechazó su postulación al beneficio de libertad condicional. Expone que su representado cumple condena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo por robo con violencia, con inicio el 13 de enero de 2019 y término el 13 de enero de 2029, habiendo cumplido el tiempo mínimo para postular el 13 de septiembre de 2025. Indica que en los seis últimos bimestres registra conducta “muy buena”, que fue postulado por Gendarmería al beneficio en el segundo semestre de 2025 y que la Comisión rechazó la solicitud por estimar que presenta alto compromiso delictual, alto riesgo de reincidencia, necesidades de intervención en diversas áreas, deficiente resolución de conflictos y escasa conciencia del delito y del daño causado, concluyendo que no cumple el requisito del numeral 3 del artículo 2 del D.L. 321. Señala que los artículos 2 del D.L. 321 y 4 del D.S. 2.442 fijan como requisitos para la libertad condicional el cumplimiento de un tiempo mínimo de condena, conducta intachable y contar con informe psicosocial de Gendarmería, requisitos que el interno cumple, según ficha única de condena, calificación de conducta e informe psicosocial de 23 de septiembre de 2025, en el que se consignan su participación en plan de intervención, disminución del riesgo de reincidencia de alto a medio, nivelación de estudios, inserción laboral en el CET y existencia de red de apoyo familiar y proyecto de vida lícito. Alega que la Comisión, al fundar el rechazo en razones que no corresponden al tenor del artículo 2 N° 3 del D.L. 321, configuró un acto ilegal y, además, infundado, en contravención a los artículos 3 y 41 de la Ley N° 19.880 y al propio artículo 5 del D.L.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Luis Manuel Ibarra Conejera. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°85-2026 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. Al escrito folio N°11: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Claudia Invernizzi Alvarado, Defensora Penal Pública Penitenciaria, interpone acción constitucional de amparo a favor de Luis Manuel Ibarra Conejera en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de San Miguel, de 13
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