INSPECCION MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A. (VISTA EN POS DE LA ANTERIOR)
Rol
Fecha
21 de enero de 2026
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: PRIMERO: Que, en la especie, por sentencia de fecha veintiuno de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de la Florida, en los autos rol N° 10349-25-BC, se ha aplicado a la recurrente una multa ascendente a la suma de cuatro Unidades Tributarias Mensuales, por infracción a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ordenanza N° 95 sobre Tendido de Cables y Canalización Subterránea en el Bien Nacional de Uso Público de la comuna de La Florida, por mantener los postes emplazados en bienes nacionales de uso público quebrados y/o en mal estado; SEGUNDO: Que, el artículo 4 de la citada Ordenanza prevé: “Las empresas propietarias de postes emplazados en bienes nacionales de uso público deberán mantener identificados dichos postes con el nombre de la misma o su continuadora legal, así como mantener en perfectas condiciones los tendidos aéreos apoyados en los postes propios o de terceros, no permitiéndose cables cortados, colgados a baja altura, sueltos, los que será considerados para efectos de la presente ordenanza como escombro, o cualquiera otra forma que afecte la seguridad de las personas”. De la norma antes transcrita surgen dos obligaciones para las empresas “propietarias” de postes en bienes nacionales de uso público. Por un lado, mantener identificados los postes con el nombre del actual propietario y, por otro, mantener en perfecto estado de conservación los cables apoyados en sus postes, propios o de terceros, y respecto de todos ellos se dispone la prohibición de mantener cables cortados, sueltos o colgados a baja altura. TERCERO: Que luego de lo dicho no es posible entender que el hecho que fue asentado por el fiscalizador municipal - mantener los postes emplazados en bienes nacionales de uso público quebrados y/o en mal estado-, constituya una infracción al artículo 4° de la Ordenanza N° 95, sobre Tendido de Cables y Canalización Subterránea en el Bien Nacional de Uso Público, de la comu
Fallo
fallo que se revisa y la absolución de Enel Distribución Chile S.A. del cargo que le fue formulado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 18.287, se revoca la sentencia de veintiuno de agosto de dos mil veinticinco, escrita a fojas seis y siguientes, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de La Florida, en el proceso Rol N° 10349-25-BC y en su lugar se declara que se absuelve a la empresa Enel Distribución Chile S.A. de la denuncia formulada en su contra. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Policía Local-4182-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: PRIMERO: Que, en la especie, por sentencia de fecha veintiuno de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de la Florida, en los autos rol N° 10349-25-BC, se ha aplicado a la recurrente una multa ascendente a la suma de cuatro Unidades Tributarias Mensu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica