ANONIMIZADO
Rol
Fecha
20 de enero de 2026
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Teniendo únicamente presente que conforme al expreso tenor de los artículos 54-1 y 8 N°16 de la Ley N°19.968 el Juzgado de Familia se encuentra impedido de rechazar de plano la denuncia de violencia intrafamiliar por manifiesta improcedencia, sin perjuicio del pronunciamiento que respecto del fondo del conflicto sometido a su decisión pueda emitir en la etapa procesal correspondiente y advirtiendo, además, que la denuncia reconvencional en este caso ya se había tenido por interpuesta en audiencia previa, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968 y artículos 227 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA la...
Texto Completo (Preview)
La Serena, veinte de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Teniendo únicamente presente que conforme al expreso tenor de los artículos 54-1 y 8 N°16 de la Ley N°19.968 el Juzgado de Familia se encuentra impedido de rechazar de plano la denuncia de violencia intrafamiliar por manifiesta improcedencia, sin perjuicio del pronunciamiento que respecto del fondo del conflicto sometido a su decisión pueda
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