MP C/ JUAN SEBASTIÁN PÉREZ FLORES
Rol
Fecha
20 de enero de 2026
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente. 1.- Que la defensa se alza en contra de la resolución de doce de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de San Fernando, que decretó la internación provisional del imputado Juan Sebastián Pérez Flores, cuestionando la concurrencia del presupuesto material previsto en la letra a), así como la necesidad de cautela contemplada en la letra c), del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2.- Que, atendidos los antecedentes que constan hasta ahora en la causa y lo expuesto por los intervinientes en estrados, en particular, las declaraciones de las víctimas, el dato de atención de urgencias, el parte policial y sus anexos, así como las fotografías incorporadas, estos resultan suficientes, en esta etapa primigenia del procedimiento, en cuanto a la concurrencia de antecedentes que justifican la existencia de los hechos que se imputan al encartado, como también permiten presumir su participación en ellos. Y, sin perjuicio que la defensa hace referencia a tres testigos de descargo, éstos aún no han prestado declaración ante el Ministerio Público. 3.- Que, por otra parte, atendida la dinámica de los hechos y la reiteración de las agresiones perpetradas por el imputado Juan Sebastián Pérez Flores en el domicilio de las víctimas, su tía Lucía Ester Flores Rojas y, la pareja de ésta, Orlando Muñoz González, resulta plausible y fundada la calificación jurídica sostenida por el Ministerio Público. En efecto, el imputado habría concurrido en tres momentos consecutivos y en un breve espacio de tiempo, aumentando progresivamente la intensidad de su ataque, utilizando finalmente, una horqueta metálica afilada, con la cual acomete sobre el cuerpo de la víctima Orlando Muñoz González, quien -para protegerse- antepone su brazo, resultando con una fractura expuesta en dicha extremidad, calificada médicamente como lesión de carácter grave. De esta manera, los antecedentes antes descritos permiten estimar concurrente la hipótesis de dolo
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, veinte de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente. 1.- Que la defensa se alza en contra de la resolución de doce de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de San Fernando, que decretó la internación provisional del imputado Juan Sebastián Pérez Flores, cuestionando la concurrencia del presupuesto material previsto en la l
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