SIN INFORMACION

RIFFO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL DE SEGURIDA

Rol

Fecha

20 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: A folio 1 comparece doña FABIOLA RIFFO OLIVARES, empleada pública, domiciliada en calle Rafael Azócar 12, comuna de La Unión, interponiendo recurso de protección en contra de COMPIN (COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ) y SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, solicitando a esta Ilma. Corte de Apelaciones que acoja el recurso, ordene las medidas que correspondan para el restablecimiento del derecho, y ordene poner término a los actos ilegales y arbitrarios, llevado a cabo por las recurridas consistentes en: 1. El rechazo de SUSESO de la solicitud de reconsideración derivado de la reducción a 3 días de las licencias médicas Nº 17178637-1 y el rechazo de la licencia médica, continuidad de la anterior, Nº 17420742-9, mediante la resolución exenta N° R-01-DC-158844-2025 de fecha 19 de Noviembre de 2025, notificada por correo electrónico en esa misma fecha, la cual confirmó lo resuelto por la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ (COMPIN) REGIÓN DE LOS RÍOS. 2. No emitir pronunciamiento respecto a la apelación deducida por el rechazo de la licencia médica, continuidad de las anteriores, N° 101729423-3, mediante resolución exenta Nº R-01-UNAAD-152662-2025 de fecha 4 de Noviembre de 2025, y 3. El rechazo de la solicitud de reconsideración derivado del rechazo de la licencia médica, continuidad de las anteriores, Nº 101729755-0, mediante la resolución exenta N° R-01-DC-157742-2025 de fecha 18 de Noviembre de 2025, notificada por correo electrónico en esa misma fecha, la cual confirmó lo resuelto por la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ (COMPIN) REGIÓN DE LOS RÍOS. La recurrente señala que trabaja como empleada pública en el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), comuna de Río Bueno. Que día 24 de Enero del 2024 se vio en la necesidad física y psicológica de tomar por primera vez licencia médica psiquiátrica, ya que producto del fallecimiento de su madre, de la cual fue cuidadora junto a su hermana Pamela por más de 10 años, y a problemas en su trabajo, fue diagnosticada por su médico psiquiatra tratante don Juan Clerc, con Episodio depresivo mayor grave, trastorno de ansiedad generalizada, trastorno de pánico, trastorno de personalidad evitativa, quien le extendió la primera de las licencias médicas psiquiátricas por 30 días (licencia Nº 17178637-1), a partir del 24 de Enero del 2024 y hasta el 22 de Febrero del 2024, la cual fue reducida por su Isapre Consalud a 3 días de reposo, reducción posteriormente confirmada por las recurridas. Cabe destacar que coetáneamente, con fecha 30 de Enero de 2024, la recurrente recibió el lamentable diagnóstico médico de Trastorno de Espectro Autista (TEA) de su único hijo Santiago, lo cual vino a incrementar su episodio depresivo Indica que luego de esa primera licencia médica, su psiquiatra tratante don Juan Clerc le extendió una nueva licencia médica (licencia Nº 17420742-9), continuidad de la anterior, también por 30 días, desde el 23 de Febrero de 2024 hasta el 23 de Ma

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley N.° 1 de 2005, y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia; se resuelve que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección de folio 1 sólo en cuanto se dispone que la recurrida deberá realizar la evaluación pertinente, y con ella, emitir nuevo pronunciamiento acerca del rechazo o aceptación de las licencias médicas números 17178637-1, Nºs 17420742-9 y 101729755-0 y 101729423-3. Acordado con el voto en contra del ministro señor Samuel Muñoz Weisz quien estuvo por rechazar el recurso por estimar que las resoluciones impugnadas se encuentran debidamente fundadas y que un nuevo peritaje habría perdido oportunidad atendida la época de emisión de las licencias rechazadas. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-1091-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veinte de enero de dos mil veintiséis. Visto y considerando: A folio 1 comparece doña FABIOLA RIFFO OLIVARES, empleada pública, domiciliada en calle Rafael Azócar 12, comuna de La Unión, interponiendo recurso de protección en contra de COMPIN (COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ) y SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, solicitando a esta Ilma. Corte de Apelacion

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