TICUÑA HUAMAN KELVIN (ANGELO SUREDA SIMI) / PRIMER JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO
Rol
Fecha
20 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Ángelo Sureda Simi, abogado, en representación de don Kelvin Ticuña Huaman, demandado, interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 2 de diciembre de 2025, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto en autos ejecutivos sobre cobro de pagaré, Rol C-9602-2025, que declaró inadmisible, por improcedente, la apelación subsidiaria deducida en contra de la resolución de 25 de noviembre del año en curso, que rechazó una solicitud de prórroga para ratificar el patrocinio y poder conferido por su parte y, en consecuencia, tuvo por no presentado el escrito de oposición de excepciones. Expone que, si bien la resolución apelada no es una sentencia interlocutoria, se trata de una resolución que condiciona la validez de las actuaciones procesales y afecta de forma esencial el derecho a defensa de su representado al tener por no presentadas las excepciones opuestas a la ejecución. Alega que, en tal contexto, dicha resolución resulta apelable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en tanto genera a la demandada un perjuicio que afecta derechos procesal esenciales. Solicita se declare admisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto, ordenando la elevación de los antecedentes para su conocimiento y resolución por el tribunal superior. Segundo: Que informa al tenor del recurso Cristián Marcelo García Charles, juez titular del Primer Juzgado Civil de Puente Alto. Expone que la resolución cuya apelación se declaró improcedente corresponde a la de 2 de diciembre de 2025, que rechazó un entorpecimiento alegado por la ejecutada solicitando una prórroga para cumplir con lo ordenado el 17 de noviembre del mismo año, en orden a ratificar la firma de su mandante para efectos de tener por constituido el mandato judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N°18.120 en relación con el artículo 7° de la Ley N°20.886. Agrega que, al no cumpl
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Ángelo Sureda Simi, en representación de la ejecutada, en contra de la resolución de 2 de diciembre de 2025 dictada por el 1º Juzgado Civil de Puente Alto Comuníquese lo resuelto al señor juez del Primer Juzgado de Civil de Puente Alto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº2468-2025 Civil- Hecho
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Ángelo Sureda Simi, abogado, en representación de don Kelvin Ticuña Huaman, demandado, interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 2 de diciembre de 2025, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto en autos ejecutivos sobre cobro de pagaré, Rol C-9602-2025, que declaró inadmisibl
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