PRODIESEL SPA/I MUNICIPALIDAD DE CHILLAN
Rol
Fecha
20 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Que, de los hechos señalados por la recurrente no se aprecian actos susceptibles de ser configurativos de vulneración de las garantías constitucionales a que hace alusión el artículo 20 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1° y 2° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y teniendo especialmente presente que lo debatido se encuentra sometido al conocimiento del Segundo Juzgado de Policía Local de esta ciudad, se declara inadmisible el interpuesto por doña Alejandra Valdivieso Godoy, sin perjuicio de otras acciones o derechos en la causa respectiva. Regístrese y archívese. N°Protección-62-2026. En Chillan, veinte de enero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y teniendo especialmente presente que lo debatido se encuentra sometido al conocimiento del Segundo Juzgado de Policía Local de esta ciudad, se declara inadmisible el interpuesto por doña Alejandra Valdivieso Godoy, sin perjuicio de otras acciones o derechos en la causa respectiva. Regístrese y archívese. N°Protección-62-2026. En Chillan, veinte de enero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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Foja: 0 Cero C.A. de Chillan Chillan, veinte de enero de dos mil veintiséis. Visto: Que, de los hechos señalados por la recurrente no se aprecian actos susceptibles de ser configurativos de vulneración de las garantías constitucionales a que hace alusión el artículo 20 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1° y 2° del Auto Acordado sobre Tra
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