BARRÍA/RÉMORAS AUSTRAL LIMITADA
Rol
J-61-2023
Fecha
28 de diciembre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Teniendo presente que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 470 del Código del Trabajo, expresamente se indica que la parte ejecutada sólo podrá oponer, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción. En consecuencia, no encontrándose contemplada la excepción indicada dentro de la norma legal citada, se resuelve: Que se rechaza la excepción opuesta por la parte ejecutada, con costas. Notifíquese por correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. RIT: J-61-2023 RUC: 23-3-0246016-7 Resolvió don PATRICIO RENAN CARRASCO URIBE, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Certifico que notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés.JQM Código: YYGXXKEZHHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-28T14:32:14-0300
Fallo
se resuelve: Que se rechaza la excepción opuesta por la parte ejecutada, con costas. Notifíquese por correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. RIT: J-61-2023 RUC: 23-3-0246016-7 Resolvió don PATRICIO RENAN CARRASCO URIBE, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Certifico que notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés.JQM Código: YYGXXKEZHHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-28T14:32:14-0300
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés Al escrito prosigue tramitación: Estese a lo que se resolverá a continuación. Resolviendo la excepción opuesta del artículo 464 N°7, del Código de Procedimiento Civil, de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, de fecha 05 de diciembre de 2023: VISTOS: Tenie
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