SIN INFORMACION

ULISES ANDRÉS VALDEBENITO FIGUEROA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

19 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Don MOISÉS GERMÁN VILCHES FUENTES, abogado, en representación de don ULISES ANDRÉS VALDEBENITO FIGUEROA, actualmente cumpliendo condena en causa RIT 1839-2019 del Juzgado de Garantía de Chiguayante, RUC 1910046445-7, en el C.P. Bío-Bío, interpone acción constitucional de amparo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en contra de la resolución N° Com. Lib. Cond.-616-2025, de fecha 9 de octubre de 2025, suscrita por la Comisión Especial de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, que por medio de la resolución ya referida rechazó otorgar la libertad condicional a Ulises Andrés Valdebenito Figueroa, contraviniendo la normativa vigente en nuestro ordenamiento jurídico, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario, de modo tal que solicita acoger la acción constitucional de amparo interpuesta, dejando sin efecto la resolución antes ya señalada y, en su lugar, ordenar otorgar la libertad condicional a don ULISES ANDRÉS VALDEBENITO FIGUEROA. Evacuados los informes de rigor, se ordenó traer los autos en relación. TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, cuenta el recurrente que su cliente actualmente se encuentra cumpliendo una condena consistente en una pena privativa de libertad de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, impuesta en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple, en causa RIT 1839-2019, RUC 1910046445-7, de conocimiento del Juzgado de Garantía de Chiguayante. Esta condena se comenzó a cumplir con fecha 9 de enero de 2024, proyectándose su fecha de cumplimiento de condena para el día 16 de mayo de 2027. En efecto, se le reconoció como abono homogéneo el periodo de tiempo de 605 días de privación de libertad que experimentó con ocasión de dicha causa, conforme fue certificado por Ministro de Fe del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción con fecha 4 de agosto de 2022, en estos antecedentes. De los antecedentes que

Fundamentos

considerando el policonsumo de sustancias desde su adolescencia. Áreas pares: Aumenta nivel de riesgo de bajo a alto, en virtud de que, según da cuenta el relato del evaluado, en el medio libre no mantiene vinculación con pares criminógenos, y que en la actualidad mantiene una dinámica meramente cordial con ellos. Al abordar la existencia de amigos prosociales, no individualiza nombres concretos. Sin perjuicio de lo anterior, su parte cuestiona fundadamente el aumento del riesgo atribuido en dicha área; no se acredita ni se corrobora, por parte del profesional evaluador, la existencia de vínculos efectivos de su representado con pares criminógenos, limitándose a una inferencia que carece de respaldo efectivo, lo que toma mayor relevancia si se tiene en consideración que su representado ha manifestado expresamente que no mantiene vinculación con pares criminógenos, razones por las cuales se estima que el riesgo asignado en esta área resulta desproporcionado e infundado. Área actitud/orientación procriminal: El informe señala una disminución del riesgo en esta área desde medio a alto, apreciación que resulta ambigua e imprecisa, toda vez que, conforme a los propios antecedentes que fueron consignados, su representado manifiesta una valoración favorable de la condena evidenciando avances significativos en relación a evaluaciones anteriores, circunstancias que a su entender, debieron haber sido calificadas como una disminución de riesgo de medio a bajo. Subcomponente de uso de tiempo libre: Se indica un aumento del nivel de riesgo desde medio a alto, bajo el argumento de que, a lo largo de su vida, su representado ha estado vinculado a participación en clubes deportivos, particularmente de fútbol, actividad que su representado no ha podido seguir desempeñando hace más de un año producto del cumplimiento de condena. En contexto intramuros, se señala por la evaluadora que destina su tiempo libre a actividades de ocio y que compartiría con pares criminógenos; no obstante, no existen antecedentes verificables que den cuenta de esta afirmación. Área familia/pareja: Disminuye nivel de riesgo de bajo a muy bajo; se destaca que durante el cumplimiento de condena el evaluado ha contado con soporte económico y emocional por parte de sus progenitores, identificando además como red de apoyo a otros familiares. Además de identificar a su pareja como un referente significativo durante el cumplimiento de su condena. Se desprende en consecuencia del análisis IGC que se presenta una evaluación favorable en el interno —su representado— en la mayoría de las áreas evaluadas, observándose que los argumentos de riesgo consignados carecen de fundamentación objetiva suficiente, circunstancia que debe ser ponderada por el Tribunal de Usía Iltma. En lo que respecta al ámbito educacional, es dable mencionar que su representado cuenta con licencia de enseñanza media Científico Humanista en Colegio Porvenir School de Chiguayante del año 2013. Respecto al ámbito laboral, se da c

Fallo

Por estas consideraciones y lo que dispone el articulo 21 de la Constitución Política de la República de Chile, se resuelve: Que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido por don MOISÉS GERMÁN VILCHES FUENTES, abogado, en representación de don ULISES ANDRÉS VALDEBENITO FIGUEROA, actualmente cumpliendo condena en causa RIT 1839-2019 del Juzgado de Garantía de Chiguayante, RUC 1910046445-7, en el C.P. Bío-Bío, por el delito de homicidio, en contra de la resolución N° Com. Lib. Cond.-616-2025, de fecha 9 de octubre de 2025, emitida por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción. Redactó el Ministro don Pablo Zavala Fernández. N°Amparo-20-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Don MOISÉS GERMÁN VILCHES FUENTES, abogado, en representación de don ULISES ANDRÉS VALDEBENITO FIGUEROA, actualmente cumpliendo condena en causa RIT 1839-2019 del Juzgado de Garantía de Chiguayante, RUC 1910046445-7, en el C.P. Bío-Bío, interpone acción constitucional de amparo de conformidad a lo dispuesto en el

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