PINOL/I. MUNICIPALIDAD DE PUERTO OCTAY
Rol
Fecha
19 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°) Cristina Odette Pinol Huenchullanca, interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, por los actos administrativos emanados de dicho órgano del Estado; en particular, decreto alcaldicio N°1315/2025, de fecha 27 de noviembre de 2025, que rechaza recurso de reposición interpuesto en contra de decreto alcaldicio N°1184/2025 que ordena su destitución. Señala que desde el año 2.012 se desempeña en la Municipalidad de Puerto Octay, específicamente en la Escuela Nochaco, donde ejerzo funciones como encargada de informática y apoyo administrativo. Durante más de trece años ha cumplido sus labores con responsabilidad, compromiso y dedicación, siendo evaluada positivamente por los distintos directores bajo los cuales le ha correspondido trabajar. Sin embargo, en los últimos años ha atravesado circunstancias de salud y familiares que afectaron profundamente su estabilidad emocional. En el año 2021 fue diagnosticada con tumores anexiales bilaterales y un pólipo endometrial. Posteriormente, hacia fines de 2023, comenzó a presentar un cuadro de ansiedad severa, con crisis recurrentes que afectaron su capacidad de funcionamiento cotidiano. Por ello, en noviembre de 2023, recibió licencia médica por trastorno de ansiedad. En ese contexto, recibió una invitación de su familia para viajar a Europa, específicamente a París, con el fin de visitar a una prima que había sido adoptada por una familia extranjera y a la cual no veía desde hacía años. La posibilidad de reencontrarse con ella no fue concebida como vacaciones ni recreación, sino como un acto terapéutico y emocional. Cabe precisar que la conducta cuestionada en el procedimiento sumarial, un viaje al extranjero durante una licencia médica en noviembre de 2023, no se produjo en un contexto de simulación o fraude, sino en un momento de deterioro emocional profundo. Añade que el viaje fue un hecho aislado, único y no reiterado. Que, conforme con lo previsto en el artículo 52 del
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, Se RECHAZA, sin costas, la acción de protección interpuesta por Cristina Odette Pinol Huenchullanca en contra de la Ilustre Municipalidad De Puerto Octay. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol Protección N° 1016-2025.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Cristina Odette Pinol Huenchullanca, interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, por los actos administrativos emanados de dicho órgano del Estado; en particular, decreto alcaldicio N°1315/2025, de fecha 27 de noviembre de 2025, que rechaza recurso de reposición interpuesto en contra de dec
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