JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

IMPUTADO: BRANDON ALEJANDRO CARRASCO GONZALEZ

Rol

Fecha

19 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos: 1°) Que con fecha 06 de agosto de 2022 se condenó a don Brandon Alejandro Carrasco González, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de lesiones leves a carabineros, la que se sustituyó por la Reclusión Parcial Domiciliaria Nocturna, por igual término. Con fecha 07 de diciembre del 2024 se lo condena a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de robo con intimidación, en causa RIT 918-2024 del Juzgado de Garantía de Talcahuano, ordenando su cumplimiento efectivo. 2°) Que el artículo 27 de la Ley 18216 señala: “Las penas sustitutivas reguladas en esta ley siempre se considerarán quebrantadas por el solo ministerio de la ley y darán lugar a su revocación, si durante su cumplimiento el condenado cometiere nuevo crimen o simple delito y fuere condenado por sentencia firme”. 3°) Que, en el caso de autos, el condenado no se ha presentado a dar inicio al cumplimiento de la misma en todas las oportunidades que se le ha citado, alegando su defensa que mal podría revocarse. Sin embargo, sobre el particular, cabe señalar que es la propia sentencia la que dispuso la fecha en que debía presentarse al CRS de Gendarmería de Chile, y es el artículo 24 de la Ley 18216, la que le otorgaba un plazo de cinco días para hacerlo, contado desde que estuviere firme y ejecutoriada la sentencia, facultando al tribunal a despachar inmediatamente una orden de detención. En estas condiciones y al haberse puesto en la situación de incumplimiento en forma reiterada, se puede exigir su cumplimiento efectivo; si ello no fuere así, y no se obliga al imputado a cumplir con las normas antes citadas, significaría que el cumplimiento de las resoluciones estaría entregado a la voluntad del condenado. 4°) Que, de esta manera y constatado que no existe causa justificada para no haber dado inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva se habilita, tal como lo hiciera el tribunal a quo, la revocación de la pena

Fallo

Por estas consideraciones y normas precitadas, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de diciembre del año pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano en los autos RIT 5743-2018, que revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria. Comuníquese y devuélvase por la vía correspondiente. N°Penal-2006-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Visto y oídos: 1°) Que con fecha 06 de agosto de 2022 se condenó a don Brandon Alejandro Carrasco González, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de lesiones leves a carabineros, la que se sustituyó por la Reclusión Parcial Domiciliaria Nocturna, por igual término. Con fecha 07 de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica