SIN INFORMACION

DELGADILLO MARTÍNEZ ANTONY RAFAEL/AFP PROVIDA S.A.

Rol

Fecha

19 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y considerando. Primero. Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra recurre de protección en favor de Antony Rafael Delgadillo Martínez, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Avenida Ignacio Carrera Pinto, Illapel, en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones PROVIDA S.A, por haber negado devolución de fondo de pensiones, alegando vulneración de su garantía constitucional de igualdad ante la ley. Expone que su representado requirió la devolución de fondos previsionales conforme previene la Ley 18.156, siendo notificado el 3 de diciembre de 2025 de que su petición fue denegada, en cuanto falta constancia de afiliación vigente, apostillada o legalizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Alega que la recurrida desconoce lo normado en la ley, habiendo acompañado una constancia de afiliación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, el cual fue legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y resulta verificable, más cuando el documento presenta un código alfanumérico con vigencia de treinta días, por lo que concluye que el recurrente cumple con los requisitos previstos en la ley. Conforme lo expuesto, previas citas de jurisprudencia, pide que se ordene a la recurrida que se reconozca como válida la documentación acompañada, procediendo a realizar un nuevo pronunciamiento sobre la solicitud y efectuar la devolución de los fondos de pensión solicitados por el recurrente. Segundo. Que informa Ana María Herrera Brummer, abogada de la Administradora de Fondos de Pensiones PROVIDA S.A., quien pide el rechazo de la acción. Alega que la acción cautelar de protección no es la vía idónea para resolver materias de lato conocimiento con carácter contradictorio y que, en la especie, no se materializa un acto ilegal o arbitrario de su representada. Precisa que, si bien el recurrente aporta una constancia de cotización sin firma y una declaración jurada, éstas no pueden ser consideradas conforme ha dispuesto la Superintende

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Antony Rafael Delgadillo Martínez en contra de AFP PROVIDA. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol Protección No.2183-2025.

Texto Completo (Preview)

Delgadillo Martínez Antony Rafael Administradora de Fondos de Pensiones PROVIDA S.A. Recurso de protección Rol No.2183-2025 La Serena, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Visto y considerando. Primero. Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra recurre de protección en favor de Antony Rafael Delgadillo Martínez, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Avenida Ignacio Carrera Pinto, Il

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