ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de enero de 2026
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Que atendido que la resolución apelada disponía que el denunciado no debía tomar contacto con la denunciante por el plazo de 90 días, periodo que se encuentra cumplido, se desprende que el recurso interpuesto en contra de la resolución de tres de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de San Bernardo, perdió oportunidad, y no existiendo asunto controvertido alguno sobre el cual deba pronunciarse actualmente esta Corte, se omite pronunciamiento a su respecto. Devuélvase N°Familia-1820-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Que atendido que la resolución apelada disponía que el denunciado no debía tomar contacto con la denunciante por el plazo de 90 días, periodo que se encuentra cumplido, se desprende que el recurso interpuesto en contra de la resolución de tres de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Sa
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