CARRO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
19 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Cristián Felipe Jara Brito, abogado, en representación de Shirley Judith Carro Ramos, médico cirujano, domiciliada para estos efectos en Avenida La Dehesa Nº1822, oficina Nº518, comuna de Lo Barnechea, quien deduce recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta N°D-01-S-01305-2025 de 18 de noviembre de 2025, emanada de la Superintendencia de Seguridad Social, a través de la cual se rechazó la reposición interpuesta en contra de la Resolución Exenta N°D-01-S-01238-2025 de 27 de octubre de 2025 -por extemporánea-, resolución esta última la cual le impuso la sanción consistente suspensión por 60 días de la facultad de emitir licencias médicas y multa por 25 UTM, solicitando que se deje sin efecto la misma, absolviendo a la reclamante de la suspensión y multa administrativa que le fue aplicada, con costas. Sostiene que, desempeñándose como médico cirujano y manteniendo un vínculo contractual con la Corporación Municipal de Melipilla, en el área de atención primaria, fue objeto de una investigación la cual devino en la aplicación de una sanción a través de la Resolución Exenta N°D-01-S-01238-2025, notificada el 27 de octubre de 2025, por medio de la cual se le impuso una sanción de 60 días de suspensión y 25 UTM de multa producto de la emisión de la licencia médica folio 3 120 596189-1, emitida el 2 de julio de 2025 al paciente Camilo Ignacio Reyes Riquelme, por 30 días, bajo el supuesto de "evidente ausencia de fundamento médico". Refiere que, luego de haber interpuesto un recurso de reposición administrativo en contra de dicha decisión, el mismo fue rechazado por extemporáneo, ya que habría sido deducido fuera del plazo de 5 días corridos establecido en la normativa legal vigente, a pesar de haberse limitado a un cómputo formal, sin entrar al fondo del asunto. Sin embargo, estima que la decisión antedicha no impide a esta Corte conocer del fondo del asunto, ya que la impugnación en sede administrativa es de carácter facultativa -de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº20.585-. Añade, en cuanto al fondo del conflicto, que la licencia otorgada se encontraba debidamente fundamentada, ya que se refirió a un cuadro clínico real y documentado, dado que el paciente presentaba sintomatología anímica de semanas de evolución asociadas a estresores laborales, sin que la reclamada haya acreditado fehacientemente la ausencia de fundamento. Además, la sanción es desproporcionada, careciendo de una debida motivación, teniendo especialmente presente que la recurrente mantiene una irreprochable conducta anterior. Pide que se acoja la reclamación en los términos descritos. Segundo: Que informa la Superintendencia de Seguridad Social, que la Ley Nº20.585, en su artículo 5º, dispone que en contra de la resolución que impugna una sanción podrá deducirse recurso de reposición en un plazo de 5 días desde su notificación. Al efecto, en el expediente administrativo D-140171-2025, mediante Resolución Exe
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con las normas citadas y lo dispuesto por los artículos 5 y 6 de la Ley N°20.585, y 58 de la Ley 16.395, se rechaza el reclamo deducido por Shirley Judith Carro Ramos en contra de la Resolución Exenta N°D-01-S-01305-2025 de 18 de noviembre de 2025, emanada de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese y archívese. N°86-2025 Contenciosos Administrativo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Cristián Felipe Jara Brito, abogado, en representación de Shirley Judith Carro Ramos, médico cirujano, domiciliada para estos efectos en Avenida La Dehesa Nº1822, oficina Nº518, comuna de Lo Barnechea, quien deduce recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta N°D-01-S-01305-2025 de 18
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica