MP/PALCIOS
Rol
Fecha
19 de enero de 2026
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por las intervinientes, compartiendo los argumentos de la jueza a quo, y teniendo además presente que con el estándar exigido en esta etapa del procedimiento existen presunciones fundadas de participación en el delito materia de la formalización, el cual se encuentra grabado por cámaras de seguridad, surgiendo las presunciones del video, del vehículo que circulaban y de la imputación directa de la víctima, que el hecho en realidad consiste en que, después de realizar una acción sorpresiva el imputado, la víctima logra retener sus especies, procediendo el encartado para sustraer las mismas a forcejear violentamente con aquella, agresión de tal entidad que produjo que se rompiera la cartera, lo que permitió la apropiación, lo cual significa una acción violenta para sustraer, lo que se encuadra en el tipo penal materia de la formalización, y
Fundamentos
considerando además que se obró en grupo o pandilla, la gravedad del delito, la pena asignada al mismo y la violencia que se aprecia en el actuar del imputado, permiten sostener que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad que justifica la cautelar cuestionada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha diez de enero de dos mil veintiséis, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado MARCELO IGNACIO CONTADOR COVARRUBIAS, por el delito de robo con violencia. Regístrese y comuníquese. Rol 58-2026 (Penal)
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/xsa ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a diecinueve de enero de dos mil veintiséis, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los ministros titulares Sra. Virginia Soublette Miranda, Sr. Juan Opazo Lagos y el abogado integrante Sr. Álvaro Tello Núñez, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha 10 de enero de
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