JUZGADO DE FAMILIA RANCAGUA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

19 de enero de 2026

Materia

RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR MODIFICACIÓN

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: 1.- Que, apela el demandante de autos de la resolución que no dio lugar a modificar el régimen comunicacional de manera provisoria, por considerar el juez que no tenía antecedentes que acreditarán la pertinencia de alterar el statuo quo relacional con sus progenitores. 2.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 229 del Código Civil, se entiende por relación directa y regular aquella que propende a que el vínculo familiar entre el padre que no ejerce el cuidado personal de su hijo, se mantenga a través de un contacto periódico y estable. 3.- Que, por lo anterior, la regla general es que los hijos se relacionen de la manera más...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1.- Que, apela el demandante de autos de la resolución que no dio lugar a modificar el régimen comunicacional de manera provisoria, por considerar el juez que no tenía antecedentes que acreditarán la pertinencia de alterar el statuo quo relacional con sus progenitores. 2.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2° d

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