SIN INFORMACION

PIZARRO/DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERÍA

Rol

Fecha

17 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1 compareció Cesar Antonio Pizarro Pizarro, chileno, cédula nacional de identidad 14.187.226-5, comerciante, domiciliado en Pasaje el Maqui N°12444, La Pintana, Región Metropolitana, quien presentó recurso de amparo en favor de Rafael Pablo Silva Navarro, cédula de identidad N° 18.768.234-7, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Puerto Montt, en contra de Gendarmería de Chile, de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región de Los Lagos y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por el acto arbitrario consistente en mantenerlo privado de libertad de manera ilegal y arbitraria por más tiempo que el que correspondía, de acuerdo a su condena y fecha de egreso, lo cual alegó que vulnera la garantía del artículo 19 N°7 de la Carta Fundamental. Expuso que el amparado actualmente cumple una condena de cinco años y un día en el CPP de Puerto Montt, en el Módulo 54, la que en primera instancia se cumplía el 5 de abril del año en curso. Pero fue notificado en el mes de mayo de 2025 por el personal de Gendarmería que, debido a su conducta sobresaliente, había obtenido meses de abono a su causa y sentencia y que, por lo tanto, su libertad sería recuperada el 5 de enero del 2026, según lo estipula la Ley 19.856, hecho que a la fecha no ocurre, sin que existan otras penas por causas diversas que purgar. Explicó que el órgano custodio debió enviar los antecedentes al SEREMI de Justicia, con al menos con 45 días hábiles de anticipación al cumplimiento de pena del condenado (Decreto 685, artículo 68), y el SEREMI de Justicia remitirlo según los procedimientos que señala la Ley 19.856 en su artículo 14 al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a fin de que firme el decreto que otorga la libertad al amparado, situación que en la especie y a la fecha de la presentación del recurso, no ha ocurrido. Sobre el derecho, se refirió a los beneficios de rebaja de condena por buena conducta de

Fundamentos

considerando la circunstancia agravante establecida en el numeral 16 del artículo 12 del Código Penal. Solicitó que se rechace la acción, por cuanto no existe acción u omisión arbitraria o ilegal de la Secretaría de Estado, toda vez que recibida su postulación al beneficio de reducción de condena contemplado en la Ley N°19.856, se dictó el acto administrativo correspondiente. Acompañó a su informe copia del Decreto Exento N°45, de 8 de enero de 2026. A folio 9 informó Gendarmería de Chile. Alegó en primer lugar, la improcedencia de la acción de amparo, ya que los antecedentes del recurso y su petitorio resultan ajenos a las hipótesis y finalidades de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental, motivo por el cual, la presente acción constitucional debe ser rechazada en forma íntegra. Luego, alegó la falta de legitimidad pasiva, ya que Gendarmería de Chile no es el órgano encargado de pronunciarse respecto de las postulaciones al beneficio de reducción de condena, al punto de que dio cumplimiento en lo que le compete, esto es enviando la solicitud dentro de los plazos establecidos para tales efectos, tal como se logra vislumbrar en el oficio evacuado por la Subsecretaría de Justicia, el 10 de octubre de 2025. Luego, alegó ausencia de conculcación de derechos fundamentales, ya que la acción de amparo tiene por finalidad proteger derechos y bajo ningún aspecto meras expectativas o posibilidades, como lo es una eventual concesión de beneficio de reducción de condena, ya que estas corresponden a decisiones de carácter administrativo, por lo que cualquier disconformidad con su resolución debe ser impugnada por el interesado a través de los medios de impugnación que entrega la Ley 19.880, dentro de los plazos correspondientes y no a más de un año, como sucede en la especie. Pidió el rechazo del recurso de amparo. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria con infraccióń de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas arbitrarias o ilegales al ejercicio de dicha libertad, y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual y sin que importe el origen de tales atentados. Segundo: Que, en este sentido, el objeto de esta acción cosntitucional es el restablecimiento del derecho ante un acto u omisión ilegal o arbitrario, que en este caso se traduce en la falta de tramitación de la solicitud de beneficio de rebaja de condena del amparado por parte de Gendarmería de Chile, de la Seremi de Justicia y Derechos Humanos de la Región de Los Lagos y del Ministerio de Justicia, en los términos establecidos en los artículos 68 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.856. Tercero: Que, en la especie, de acuerdo al informe emitido por la Subsecret

Fallo

fallo del recurso de amparo, se rechaza la acción constitucional interpuesta por Cesar Antonio Pizarro Pizarro en favor de Rafael Pablo Silva Navarro, ya individualizados, en contra de en contra de Gendarmería de Chile, de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región de Los Lagos y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Redacción a cargo del ministro suplente Rodrigo Loyola Brito Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Amparo N°8-2026.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecisiete de enero de dos mil veintiséis. Con la cuenta dada por el relator, y con el mérito del informe evacuado por la Subsecretaría de Justicia, prescíndase del informe solicitado a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región de Los Lagos. Vistos: A folio 1 compareció Cesar Antonio Pizarro Pizarro, chileno, cédula nacional de identidad 14.187.

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica