JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUCON

C/ DANIEL JESUS QUINTEROS LLANCAQUEO

Rol

Fecha

16 de enero de 2026

Materia

MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS ART. 416 Y 416 BIS CODIGO DE JUSTICIA MILITAR

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de autos, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta sala tiene presente que los incumplimientos no han sido de la entidad suficiente para revocar la pena sustitutiva otorgada al condenado y tal como lo ha dicho el representante del ente persecutor en estrados, quien se allanó a la intensificación de la medida, SE REVOCA la resolución de fecha siete de diciembre de dos mil veinticinco dictada por la Jueza señora Constanza Valentina Sepúlveda Grusic del Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, que revocó la pena sustitutiva que se le había concedido al sentenciado ordenando el cumplimiento efecto del saldo de pena y en su lugar, SE RESUELVE que se intensifica la forma de cumplimiento del saldo de pena, quedando sometido a la medida de arresto domiciliario nocturno, en el domicilio que deberá informar al tribunal, por el saldo de pena, todo ello respecto del condenado DANIEL JESÚS QUINTEROS LLANCAQUEO. Decisión acordada contra el voto de la ministra Cecilia Aravena López, quien estuvo por mantener la pena sustitutiva inicialmente impuesta, por estimar que los incumplimientos no revisten la gravedad suficiente para revocar ni intensificar la misma. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-1702-2025.(jog)

Fallo

SE RESUELVE que se intensifica la forma de cumplimiento del saldo de pena, quedando sometido a la medida de arresto domiciliario nocturno, en el domicilio que deberá informar al tribunal, por el saldo de pena, todo ello respecto del condenado DANIEL JESÚS QUINTEROS LLANCAQUEO. Decisión acordada contra el voto de la ministra Cecilia Aravena López, quien estuvo por mantener la pena sustitutiva inicialmente impuesta, por estimar que los incumplimientos no revisten la gravedad suficiente para revocar ni intensificar la misma. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-1702-2025.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de enero de dos mil veintiséis. A la presentación de folio 5: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. A la presentación de folio 6: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de autos, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta sala tiene presente que los incumplimientos no han sido de la entidad suf

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