LUIS ANTONIO PAZ VILLALON CON CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A.
Rol
Fecha
16 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Lo dispuesto en los artículos 1, 135 y 142 de la ley 20.720 y la correcta aplicación de los principios de ejecución única y colectiva, determinan que en un caso como el de autos, corresponde precisamente acumular la ejecución de la sentencia laboral al procedimiento concursal, en el entendido que la excepción que alude el artículo 143 de la ley antes citada debe referirse al tribunal laboral que conoció el juicio previo, todo lo cual conduce a acceder a lo solicitado por la recurrente en los términos que se señalarán en lo resolutivo, en similar sentido sentencia dictada en causa Rol 556-2025 Laboral, de esta Corte. Por lo razonado y las disposiciones citadas, se revoca, en su parte apelada y sin costas del recurso, la resolución de veintiséis de febrero de dos mil veinticinco, de folio 34, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción en los autos RIT C-53-2025 del ingreso de dicho tribunal, que proveyendo el primer otrosí de la presentación de folio 14, no accedió a la acumulación de esta ejecución con el procedimiento concursal seguido ante el Noveno Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se decide que se accede a la referida acumulación, debiendo el juez a quo remitir los antecedentes al tribunal de la liquidación. Devuélvase. Redactó el ministro Rodrigo Cerda San Martín. N° Laboral - Cobranza-690-2025.
Fallo
se decide que se accede a la referida acumulación, debiendo el juez a quo remitir los antecedentes al tribunal de la liquidación. Devuélvase. Redactó el ministro Rodrigo Cerda San Martín. N° Laboral - Cobranza-690-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción DIV/shp Concepción, dieciséis de enero de dos mil veintiséis. Visto y teniendo únicamente presente: Lo dispuesto en los artículos 1, 135 y 142 de la ley 20.720 y la correcta aplicación de los principios de ejecución única y colectiva, determinan que en un caso como el de autos, corresponde precisamente acumular la ejecución de la sentencia laboral al procedimiento concursal, en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica