SIN INFORMACION

MAYLU ANA CASTRO LICCIEN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y MINISTERIO DEL INTERIOR.

Rol

Fecha

16 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece doña Maylu Ana Castro Liccien, quien interpone recurso de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de la Subsecretaría del Interior y del Servicio Nacional de Migraciones, denunciando una omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de dictación del acto administrativo terminal que resuelva su solicitud de carta de nacionalización, ingresada con fecha 18 de agosto de 2022, pese a haber cumplido con los requisitos legales exigidos y efectuado el pago de los derechos correspondientes dentro del procedimiento administrativo. Expone que ingresó al país en calidad de turista, regularizó posteriormente su situación migratoria, obtuvo residencia definitiva y ha residido por más de cinco años en el territorio nacional, por lo que se encuentra habilitada legalmente para postular a la nacionalidad chilena. Sostiene que, no obstante haber dado íntegro cumplimiento a las exigencias normativas, a la fecha de interposición del recurso ha transcurrido un período aproximado de tres años sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre su solicitud, manteniéndola en un estado de incertidumbre que vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley, consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Alega que la omisión denunciada es de carácter permanente, razón por la cual el recurso se encuentra interpuesto dentro de plazo, y que la inactividad de la Administración infringe los principios de celeridad, impulso de oficio, economía procedimental e inexcusabilidad consagrados en la Ley N°19.880, particularmente el plazo máximo de seis meses previsto en su artículo 27. Invoca reiterada jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema y de diversas Cortes de Apelaciones que han calificado como ilegal y arbitraria la demora excesiva en la tramitación de solicitudes migratorias, precisando que lo reclamado no es la concesión de la nacionalidad, sino la dictación del acto administrativo que ponga término al procedimiento. Agrega que no resulta exigible el agotamiento de la vía administrativa ni procedente justificar la demora en la sobrecarga del servicio, toda vez que tales argumentos no constituyen caso fortuito ni fuerza mayor. En definitiva, solicita que se acoja la acción constitucional, se ordene a la autoridad recurrida emitir pronunciamiento definitivo dentro de un plazo determinado y se condene en costas a los recurridos Segundo: Que con fecha 09 de septiembre de 2025 se tuvo por desistida a la recurrente de su acción en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Tercero: Que comparecen el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y la Subsecretaría del Interior evacuando informe, solicitando el rechazo íntegro del recurso, con expresa condena en costas, por estimar que no existe omisión ilegal ni arbitraria. Señalan que el otorgamiento de cartas de nacionalización constituye una facultad discrecional del Estado, ejercida mediante decreto su

Fallo

Por estas consideraciones, de conformidad a lo expuesto, lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Maylu Ana Castro Liccien en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de la Subsecretaría del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3311-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciséis de enero de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que comparece doña Maylu Ana Castro Liccien, quien interpone recurso de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de la Subsecretaría del Interior y del Servicio Nacional de Migraciones, denunciando una omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de dictación del acto administ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica