SIN INFORMACION

ORELLANA VIDAL JUSTIN JOCINEY ANTONIO /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C)

Rol

Fecha

16 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha nueve de enero de dos mil veintiséis, comparece don Juan Orlando Vallejos Parra, abogado, en representación del condenado don Justin Jociney Antonio Orellana Vidal, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte De Apelaciones de Santiago. El recurrente impugna la resolución de fecha veintinueve de octubre de dos mil veinticinco, dictada por la recurrida, que denegó a su representado el beneficio de libertad condicional correspondiente al segundo semestre del año dos mil veinticinco. Fundamenta su acción señalando que el amparado cumple con todos los requisitos objetivos establecidos en el Decreto Ley N.º 321, a saber: cumplimiento del tiempo mínimo de condena (desde el 15 de noviembre de 2024), conducta intachable (calificada como "Muy Buena" en los últimos bimestres), aprendizaje de un oficio y asistencia a la escuela del establecimiento penal. Alega que la denegación del beneficio constituye un acto arbitrario e ilegal que vulnera la libertad personal y la seguridad individual garantizadas en el artículo 19 N.º 7 y el artículo 21 de la Constitución Política de la República, al basarse en criterios que desatienden el cumplimiento normativo del interno. Solicita, en definitiva, que se acoja el recurso y se ordene el otorgamiento de la libertad condicional. Segundo: Que, informando al tenor del recurso, don Pablo Andrés Toledo González, Presidente (S) de la Comisión de Libertad Condicional, señala que la postulación del amparado fue analizada en la sesión correspondiente al segundo semestre del año 2025 y que, por unanimidad de sus miembros, se acordó rechazar el beneficio. La autoridad recurrida expone que, si bien el interno cumple con los requisitos formales de tiempo y conducta previstos en los numerales 1 y 2 del artículo 2° del Decreto Ley N.º 321, el informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile da cuenta de factores de riesgo que impiden

Fundamentos

fundamentos de mérito suficientes para desvirtuar la premisa de que el interno presenta los "avances significativos" que exige la ley para el otorgamiento del beneficio. Octavo: Que, por consiguiente, la decisión de la Comisión de Libertad Condicional no puede ser calificada de ilegal, por cuanto se ha dictado por la autoridad competente en el ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto Ley N.º 321. Noveno: Que, no existiendo ilegalidad en el actuar de la recurrida, y manteniéndose la privación de libertad del amparado en virtud de sentencias condenatorias firmes y ejecutoriadas, no se configura vulneración alguna a la garantía constitucional del artículo 19 N.º 7 de la Carta Fundamental.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Juan Orlando Vallejos Parra en favor de Justin Jociney Antonio Orellana Vidal, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-116-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha nueve de enero de dos mil veintiséis, comparece don Juan Orlando Vallejos Parra, abogado, en representación del condenado don Justin Jociney Antonio Orellana Vidal, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte De Apelaciones de Santi

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