CARPIO DELGADILLO ROBERTO PATRICIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C.)
Rol
Fecha
16 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Kaely Mackarena Labraña Trincado, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de Roberto Patricio Carpio Delgadillo, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, de 30 de octubre de 2025, por haber rechazado la solicitud de beneficio de libertad condicional de su representado, actuación que considera ilegal, fundada en una apreciación errónea y sesgada de los antecedentes psicosociales del amparado, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y ambulatoria que la Constitución Política de la República garantiza en su artículo 21, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución recurrida y se ordene otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado. En cuanto a los antecedentes fácticos, expone que su representado se encuentra cumpliendo pena por diversos delitos de robo con intimidación por casi 20 años de privación de libertad efectiva. Refiere que a pesar de cumplir con los requisitos formales para optar al beneficio y mantener una conducta muy positiva, la Comisión rechazó su postulación estimando que no habría reflexionado suficientemente sobre el daño causado a la sociedad y mantendría factores de riesgo criminológico alto, siendo vulnerable a influencias de pares y manteniendo actitudes desfavorables hacia las normas sociales. No obstante, destaca que el amparado ha participado activamente en capacitaciones y cursos formativos del Centro Penitenciario Colina I, recinto que alberga exclusivamente internos con buena conducta. Menciona que se desempeña laboralmente en el área de panadería, financiando con sus remuneraciones el preuniversitario de su hija menor, y presenta sólido arraigo familiar con una red de apoyo que promueve su reinserción social. Cuestiona el informe de Gendarmería de Chile en que se basó la Comisión, planteando qu
Fundamentos
fundamentos técnicos adecuados e incurre en apreciaciones subjetivas sin sustento científico apropiado.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se restablezca el imperio del derecho, disponiendo se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional a su representado, decretando se le conceda dicha libertad de manera inmediata. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidente (s), ministro señor Pablo Andrés Toledo González, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y que mediante resolución de 30 de octubre de 2025, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al segundo semestre de 2025. Explica que, al revisar los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, aun cuando el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, manteniendo una conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N.º 321, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado Al respecto, consigna que: En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el el postulante es un interno de riesgo de reincidencia alto, siendo vulnerable a las influencias de los pa
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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Kaely Mackarena Labraña Trincado, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de Roberto Patricio Carpio Delgadillo, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima C
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