MINISTERIO PUBLICO C/ DIEGO MAXIMILIANO ROJEL MARIMAN
Rol
Fecha
14 de enero de 2026
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, considerándose que, si bien concurren por ahora indicios que dan cuenta del hecho investigado y algunas presunciones de la participación de los encartados en calidad de autores, aparece que en el estado actual del procedimiento otras medidas cautelares garantizan suficientemente los fines del mismo; y, conforme lo dispuesto en los artículos 139 y 140 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha ocho de enero del año dos mil veintiséis, por la cual se decretó la prisión preventiva de los encartados DIEGO MAXIMILIANO ROJEL MARIMÁN, FRANCO ELOY CUYUL GONZÁLEZ, FELIPE ANDRÉS CÁRDENAS BARTSCH y DARÍO FERNANDO CERDA AGÜERO y, en su lugar, se decretan las medidas cautelares personales del artículo 155, letras a), d) y g), del Código Procesal Penal, esto es, de arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima, en la forma que determine el Juez de Garantía en la audiencia respectiva. Regístrese y devuélvase. Rol 13-2026 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a catorce de enero del año dos mil veintiséis. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, considerándose que, si bien concurren por ahora indicios que dan cuenta del hecho investigado y algunas presunciones de la participación de los encartados en calidad de autores, aparece que en el estado actual del procedimiento otras me
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica