HAMEA RA A FERNANDA RIROROKO RIROROKO C/ CASIMIRO REIMIRO PAOA ROE
Rol
Fecha
15 de enero de 2026
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos: 1.- Que, el Ministerio Público ha interpuesto recurso de apelación en contra de la resolución dictada el 23 de diciembre de 2025, por el Juzgado de Letras y Garantía de Rapa Nui, que rechazó la solicitud de decretar la medida cautelar de prisión preventiva en el marco de la investigación por los delitos de desacatos reiterados y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar en contra del imputado. 2.- Que, para resolver el asunto planteado se debe tener especialmente presente que no solo la Ley N° 20.066 obliga a los Tribunales y al Ministerio Público a disponer las medidas de resguardo de quienes son víctimas de violencia de género y, en este caso, intrafamiliar, puesto que sobre el particular los órganos del Estado se encuentran también obligados por tratados internacionales, como la CEDAW y la convención BELEM DO PARA, todos los cuales describen situaciones estructurales de riesgo para la mujer, en los cuales se debe obrar con especial consideración a la naturaleza de estos delitos y las particularidades de sus agresores. En esta misma línea, el artículo 1º de la Ley Nº21.675 reconoce expresamente el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia. Sobre el particular y según los antecedentes aportados por los intervinientes, en este caso se configura una situación de riesgo inminente para la víctima conforme lo describen las hipótesis del artículo 7 de la Ley N° 20.066, por cuanto el imputado registra cuatro causas por ilícitos en contexto de violencia intrafamiliar respecto a su pareja, y cometió el delito de lesiones y desacato encontrándose con medidas cautelares vigentes, reflejando una constante actitud de agresión. 3.- Que, tratándose de delitos en contra de los derechos humanos de la mujer, existiendo una estadística de público conocimiento que evidencia el aumento anual de este tipo de crímenes, unido a las obligaciones internacionales asumidas por Chile en esta materia, sólo es posible concluir que la prisión preventi
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Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a quince de enero de dos mil veintiséis, siendo las 11:02 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra Titular señora Nancy Bluck Bahamondes e integrada por la Ministra Suplente señora Sara Covarrubia
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