2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CHACÓN/PJ CHILE SPA.

Rol

Fecha

14 de enero de 2026

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Por sentencia dictada con fecha treinta de octubre de dos mil veinticuatro, en causa RIT T-2229-2023, caratulada “Chacón con PJ Chile Spa”, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger la demanda subsidiaria por despido indebido intentada por don Pablo Nicolás Chacón Rodríguez en contra de PJ Chile SpA, declarándose indebido el despido de que fue objeto el demandante, condenándose a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, de la indemnización por años de servicio y el recargo legal correspondiente, con reajustes, intereses, sin costas. Contra dicho fallo recurrió la parte demandada, PJ Chile SpA, invocando la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haber sido pronunciada la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandada, PJ Chile SpA, funda su recurso de nulidad en la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haber sido la sentencia pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, en relación con lo dispuesto en el artículo 456 del mismo cuerpo legal. En dicho contexto, el recurrente desarrolla, en primer término, una exposición general acerca del contenido y alcance de la sana crítica como sistema de valoración probatoria, describiendo los principios de la lógica que la integran -identidad, no contradicción, tercero excluido y, especialmente, el principio de razón suficiente- junto con las máximas de la experiencia, apoyándose en doctrina y jurisprudencia. Enfatiza que la causal invocada exige una infracción ostensible y manifiesta, apreciable de la sola lectura del fallo, consistente en un razonamiento ilógico, incoherente o carente de justificación suficiente. A continuación, el recurrente transcribe extensos pasajes de la sentencia impugnada, en particular los considerandos undécimo a décimo octavo, con el objeto de poner de relieve el razonamiento seguido por la jueza de la instancia al analizar la investigación interna por denuncias de acoso laboral, la prueba testimonial rendida y los antecedentes documentales aportados, así como las conclusiones a las que arriba para descartar la configuración de la causal de despido invocada y declarar indebido el término de la relación laboral. Sobre la base de dicho razonamiento, denuncia la infracción del principio de razón suficiente y de las máximas de la experiencia, sosteniendo que la sentencia arriba a conclusiones que no se encuentran debidamente explicadas ni justificadas a partir del mérito de la prueba rendida. Explica que el

Fallo

fallo recurrió la parte demandada, PJ Chile SpA, invocando la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haber sido pronunciada la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandada, PJ Chile SpA, funda su recurso de nulidad en la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haber sido la sentencia pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, en relación con lo dispuesto en el artículo 456 del mismo cuerpo legal. En dicho contexto, el recurrente desarrolla, en primer término, una exposición general acerca del contenido y alcance de la sana crítica como sistema de valoración probatoria, describiendo los principios de la lógica que la integran -identidad, no contradicción, tercero excluido y, especialmente, el principio de razón suficiente- junto con las máximas de la experiencia, apoyándose en doctrina y jurisprudencia. Enfatiza que la causal invocada exige una infracción ostensible y manifiesta, apreciable de la sola lectura del fallo, consistente en un razonamiento ilógico, incoherente o carente de justificación suficiente. A continuación, el recurrente transcribe extensos pasa

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Por sentencia dictada con fecha treinta de octubre de dos mil veinticuatro, en causa RIT T-2229-2023, caratulada “Chacón con PJ Chile Spa”, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger la demanda subsidiaria por despido indebido intentada por don Pablo Nicolás Chacón Rodríguez en co

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