OLGA EUGENIA ROJAS ALVAREZ C/ CLAUDIO BASTIAN ARREY ROJAS
Rol
Fecha
14 de enero de 2026
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Con el mérito de los puestos por las partes, no siendo discutidas las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto de la letra c) el imputado a pesar de tener irreprochable conducta anterior, mantiene causas diversas causas y medidas vigentes por violencia intrafamiliar y ha sido contumaz en violar la prohibición de acercarse a la víctima, por lo que, la única forma de asegurar los fines del procedimiento, esto es, la seguridad de las ofendida, es la prisión preventiva, máxime
Fundamentos
considerando que el imputado actualmente se encuentra en situación de calle, de acuerdo a lo reconoció en estrados por la propiedad defensa, SE CONFIRMA la resolución apelada que decretó la prisión preventiva en contra del imputado. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 26-2026 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Fallo
Se declara admisible el recurso de apelación elevado al conocimiento de este Tribunal de Alzada en folio 1. Previa deliberación se ha resuelto lo siguiente: VISTO: Con el mérito de los puestos por las partes, no siendo discutidas las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto de la letra c) el imputado a pesar de tener irreprochable conducta anterior, mantiene causas diversas causas y medidas vigentes por violencia intrafamiliar y ha sido contumaz en violar la prohibición de acercarse a la víctima, por lo que, la única forma de asegurar los fines del procedimiento, esto es, la seguridad de las ofendida, es la prisión preventiva, máxime considerando que el imputado actualmente se encuentra en situación de calle, de acuerdo a lo reconoció en estrados por la propiedad defensa, SE CONFIRMA la resolución apelada que decretó la prisión preventiva en contra del imputado. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 26-2026 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. Arica, catorce de enero de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Rol: 26-2026 Penal Ruc: 2600007270-1 RIT: 79-2026 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor José Delgado Ahumada, ministra señora Juana Ríos Meza y abogado integrante señor Ricardo Oñate Vera. Relator (a): Julio Jáuregui Medina Digitador (a): Adrián Sánchez Campusano Fis
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