JUZGADO DE GARANTIA DE LONCOCHE

MP C/ HECTOR ALEJANDRO GONZALEZ SOTO

Rol

Fecha

14 de enero de 2026

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que en el caso sublite se cumplen con los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, tal como lo ha señalado el juez a quo, puesto que se encuentra presente la exigencia señalada en el artículo 140 número uno del citado código por cuanto el imputado, independiente que hubiese participado en la creación de este forado de la protección de la propiedad que fue objeto del ilícito, que ya fue reparado, ingresó por una vía no destinada al efecto; y que en relación a la necesidad de cautela, requisito establecido en la letra c) del citado artículo, también se tiene en consideración las numerosas condenas por delitos contra la propiedad que registra este imputado en su extracto de filiación y antecedentes, unido a una condena por el delito de homicidio que ha hecho valer el ministerio público; que de otro lado atendida la naturaleza del ilícito, la forma ocurrencia de los hechos, se trata de un lugar apartado, la pena asignada por ley a este tipo de delitos, que para el caso de ser condenado no tendría derecho a pena sustitutiva alguna y por ende el cumplimiento de la sanción que se le imponga sería efectiva; son argumentos que hacen coincidir con el juez a quo en orden a que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual SE CONFIRMA la resolución de fecha ocho de enero de dos mil veintiséis, del Juzgado de Garantía de Loncoche, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado HÉCTOR ALEJANDRO GONZÁLEZ SOTO. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-53-2026 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, catorce de enero de dos mil veintiséis. A lo principal y otrosí de la presentación de folio 4 y a lo principal, primer y segundo otrosí de la presentación de folio 5: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que en el caso sublite se cumplen con los presupuestos de las letras a) y b) del ar

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