MP C7 CAMILO ANDRÉS REYES DÍAZ.
Rol
Fecha
14 de enero de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza del ilícito que se le atribuye, el bien jurídico protegido, la existencia de antecedentes penales pretéritos, y que el presente ilícito habría sido cometido mientras se encontraba cumpliendo una pena sustitutiva, circunstancia que demuestra una mayor reprochabilidad y un incumplimiento de la finalidad preventiva y de reinserción propia de dicha modalidad de cumplimiento, configurándose así el presupuesto previsto en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de seis de enero del año en curso, dictada en los autos RIT 5858-2025, por el Juzgado de Garantía de Talagante, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Camilo Andrés Reyes Díaz. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 109-2026 Penal
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San Miguel, catorce de enero de dos mil veintiséis. Sala: Primera Sala Rol: 109-2026 Penal Ruc: 2501520693-7 RIT: 5858-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Integrantes: Ministros señor Miguel Vázquez Plaza, señor Danilo Quezada Rojas y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez Relator: Javiera González Arenas Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Carolina Sepúlveda Defensa: César Lla
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