2DO JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ANTOFAGASTA

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./GARVIZO

Rol

Fecha

14 de enero de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Promotora CMR Falabella S.A., representada por el abogado don Héctor Solano Pironi, interponiendo acción especial prevista en la Ley N°20.009 en contra de don Álvaro Alejandro Garvizo Plaza. SEGUNDO: Que según se desprende del texto de la demanda, el demandado habría desconocido la operación que dio origen al presente conflicto, cuya suma total asciende a $1.540.000.- (un millón quinientos cuarenta mil pesos). TERCERO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N°20.009 y al procedimiento regulado en los artículos 50 y siguientes de la Ley N°19.496, corresponde tener presente que el inciso final del artículo 50 H establece que las causas cuya cuantía no exceda de veinticinco unidades tributarias mensuales se tramitan en única instancia, siendo inapelables todas las resoluciones que en ellas se dicten. Al efecto, a la fecha de interposición de la demanda, 2 de julio de dos mil veinticinco, dicho monto, (25 UTM) equivale a la suma de $1.723.075.- (un millón setecientos veintitrés mil setenta y cinco pesos). CUARTO: Que, en la especie, el monto reclamado se encuentra por debajo del límite de 25 UTM fijado por la ley, razón por la cual la presente acción corresponde a un procedimiento de única instancia. QUINTO: Que, por lo mismo, se declarará inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Por las razones expuestas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 5 y 5 bis de la Ley N°20.009, artículo 50 H de la Ley N°19.496, y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha dieciocho de julio de dos mil veinticinco dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta en autos Rol 8.708-2025 de dicho Juzgado. Regístrese y comuníquese. ROL 188-2025 (Policía Local)

Fallo

se declarará inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Por las razones expuestas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 5 y 5 bis de la Ley N°20.009, artículo 50 H de la Ley N°19.496, y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha dieciocho de julio de dos mil veinticinco dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta en autos Rol 8.708-2025 de dicho Juzgado. Regístrese y comuníquese. ROL 188-2025 (Policía Local)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a catorce de enero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Promotora CMR Falabella S.A., representada por el abogado don Héctor Solano Pironi, interponiendo acción especial prevista en la Ley N°20.009 en contra de don Álvaro Alejandro Garvizo Plaza. SEGUNDO: Que según se desprende del texto de la demanda, el demandado habría desconocido la operación

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