ANA MARIA GEMITA PRIETO CANEPA C/ MARIA JOSE ALARCON HENRIQUEZ
Rol
Fecha
14 de enero de 2026
Materia
USURPACIÓN U OCUPACIÓN VIOLENTA DE INMUEBLE. ART. 457 INC 1
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, conforme lo dispuesto en el artículo 253 del Código Procesal Penal y previa eliminación de la recomendación a los intervinientes, se confirma la resolución apelada de veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que no hizo lugar al sobreseimiento definitivo de la causa seguida en contra de María José Alarcón Henríquez y mantuvo la medida cautelar real de desalojo de las parcelas 769, 772 y 774 de la hacienda Reñaca. Regístrese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-28-2026.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a catorce de enero de dos mil veintiséis, a las 11:40 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por la Ministra Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvajal, quien presidió, el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo y el Ministro Suplente Sr. Germán Manuel Núñez Romero, para la vista del recurs
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