MP C/ CESAR ANDRES ORTIZ ORTIZ Y OTROS
Rol
Fecha
14 de enero de 2026
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, se pueden efectuar las siguientes consideraciones: 1) Que, en la especie, no concurren las circunstancias previstas en el artículo 439 del Código Penal, toda vez que la intimidación invocada no aparece funcional ni instrumental a la apropiación de la especie,
Fundamentos
considerando que la sustracción estaba consumada al momento en que una tercera persona le advierte a la víctima sobre la sustracción. 2) Que, la secuencia de los hechos por los cuales han sido formalizados los imputados permite advertir la eventual existencia de ilícitos autónomos y desconectados entre sí, susceptibles de una recalificación jurídica diversa, y no del robo con violencia e intimidación, materia de la formalización, razón por la cual la necesidad de cautela decae sustancialmente, contexto en el cual la prisión preventiva aparece como desproporcionada, pudiendo asegurarse los fines del procedimiento con cautelares de menor intensidad. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de siete de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados César Andrés Ortiz Ortiz, Miguel Ángel Rodríguez Guerra y Jan Carlos Melo Bravo, y en su lugar se la deja sin efecto. Dese inmediata orden de libertad a los imputados César Andrés Ortíz Ortíz, Miguel Ángel Rodríguez Guerra y Jan Carlos Melo Bravo, si no estuvieran privado de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-105-2026. En Valparaíso, catorce de enero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a catorce de enero de dos mil veintiséis, siendo las 09:20 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra Titular señora Nancy Bluck Bahamondes e integrada por las Ministras Suplentes señora Sara Covarr
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