SIN INFORMACION

MELGAREJO/TOP LA SERENA

Rol

Fecha

13 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Barrueto Bravo, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Johan Melgarejo Rojas, cédula nacional de identidad N°18.001.768-2 y en contra de Tribunal Oral en lo Penal de La Serena, por haber rechazado la solicitud de la defensa del amparado en orden a disponer la unificación de sus condenas. Expone que el recurrente fue condenado el 22 de noviembre del 2016, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, a una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo por su responsabilidad de autor en un delito consumado de secuestro; una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por su responsabilidad de autor en un delito consumado de violación de morada violenta y una pena de 17 años de presidio mayor en su grado máximo por su responsabilidad de autor en un delito consumado de sustracción de menores, hechos cometidos el 26 de enero del año 2016. Agrega que, por otra parte, el actor fue condenado el 5 de septiembre de 2016, por el mismo tribunal, a cumplir una sanción de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, por su responsabilidad de autor en un delito consumado de homicidio simple, tratándose de hechos acaecidos el 18 de septiembre de 2015. Por otra parte, señala que en audiencia realizada el pasado siete de enero en la causa RUC 1600093774-K, RIT 301-2016, tramitada ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, la defensa del amparado solicitó la unificación de las penas que éste cumple determinando que este debe cumplir una pena única de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, para la cual se parte de la aplicación del artículo 351 inciso segundo del Código Procesal Penal, norma conforme a la cual procedería imponer la pena correspondiente a las diversas infracciones aumentándola en uno o dos grados según fuere la cantidad de delitos cometidos. Indica que el tribunal desestimó la petición de la defensa, a pesar de no existir oposición del Ministerio Público, esgrimiendo que si bien se cumplen los supuestos del artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales en el sentido de existir más de una sentencia condenatoria por hechos que podrían haber sido juzgados conjuntamente, la diversa naturaleza de los delitos impediría dar aplicación a la regla del artículo 351 del Código Procesal Penal. Alega que el tribunal amaga en forma indebida la libertad personal del amparado al prolongar en forma injustificada el tiempo de condena efectiva que este debe cumplir, omitiendo realizar una interpretación favorable al reo como corresponde en materia criminal. Previas citas de derecho solicita acoger la acción deducida y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena y disponer que el amparado deberá cumplir una pena única de 15 años de presidio mayor en su grado máximo u otra que esta Corte estime ajustada a derecho. SEGUNDO: Que, evacuó informe la jueza Victoria Gallardo Labraña señalando,

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Melgarejo Rojas, Johan T.O.P. La Serena Recurso de amparo Rol N°16-2026 La Serena, trece de enero de dos mil veintiséis VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Barrueto Bravo, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Johan Melgarejo Rojas, cédula nacional de identidad N°18.001.768-2 y en contra de Tribunal Oral en lo Penal de La Serena, por haber rechazado

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