JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

MP C/ JULIO GASPAR PUMA ORELLANA

Rol

Fecha

13 de enero de 2026

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, teniéndose presente que consultado en estrados al defensor penal público sobre un domicilio del imputado, manifestó no saber del mismo, lo que unido a que no tiene RUT provisorio que permita determinar su identidad, se hace necesario asegurar la comparecencia al juicio del encartado y llevar a cabo los fines del mismo. Por estas consideraciones y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de cinco de enero del año en curso, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado JULIO GASPAR PUMA ORELLANA, inserta en la carpeta virtual R.I.T. 1-61-2026 del Juzgado de Garantía de Talca. Acordada con el voto en contra del ministro Carlos Carrillo González, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada y, en consecuencia, sustituir la prisión preventiva por otras cautelares de menor intensidad que garanticen de igual forma los fines del procedimiento y, en especial, asegurar la comparecencia del imputado a los actos del procedimiento, satisfaciendo de esa forma el principio de proporcionalidad. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-36-2026.

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de cinco de enero del año en curso, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado JULIO GASPAR PUMA ORELLANA, inserta en la carpeta virtual R.I.T. 1-61-2026 del Juzgado de Garantía de Talca. Acordada con el voto en contra del ministro Carlos Carrillo González, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada y, en consecuencia, sustituir la prisión preventiva por otras cautelares de menor intensidad que garanticen de igual forma los fines del procedimiento y, en especial, asegurar la comparecencia del imputado a los actos del procedimiento, satisfaciendo de esa forma el principio de proporcionalidad. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-36-2026.

Texto Completo (Preview)

Talca, trece de enero de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, teniéndose presente que consultado en estrados al defensor penal público sobre un domicilio del imputado, manifestó no saber del mismo, lo que unido a que no tiene RUT provisorio que permita determinar su identidad, se hace necesario asegurar la

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