ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de enero de 2026
Materia
DECLARACIÓN DE SUSCEPTIBILIDAD
Resultado
APROBADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Primero: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 inciso segundo de la Ley 19.968, “el interés superior del niño, niña o adolescente, y su derecho a ser oído, son principios rectores que el juez de familia debe tener siempre como consideración principal en la resolución del asunto sometido a su conocimiento”; Segundo: Que, a su vez, el artículo 11 inciso segundo de la Ley 21.430 dispone “durante su proceso de crecimiento los niños, niñas y adolescentes van...
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Primero: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 inciso segundo de la Ley 19.968, “el interés superior del niño, niña o adolescente, y su derecho a ser oído, son principios rectores que el juez de familia debe tener siempre como consideración principal en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica