MP C/ SERGIO LUIS VARGAS GALLARDO
Rol
Fecha
13 de enero de 2026
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que se elevan estos antecedentes por la apelación interpuesta por la Defensoría Penal Pública en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en establecimiento de Gendarmería y ordenó que el condenado Cristian Iván Schmidt Vargas deberá dar cumplimiento efectivo del saldo de la pena de dos años de presidio menor en su grado medio por el delito de receptación de vehículo motorizado. 2°) Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, es posible concluir, como hizo el tribunal a quo, que hay un incumplimiento grave y reiterado,
Fundamentos
considerando que la sentencia se dictó el 3 de abril de 2024 y el condenado, si bien se presentó a la instalación del dispositivo electrónico para su monitoreo telemático, luego se intensificó su pena sustitutiva a la de reclusión en dependencias de Gendarmería por los múltiples incumplimientos detectados. Posteriormente, respecto de la reclusión en establecimiento de Gendarmería, el imputado nunca se presentó para iniciar su cumplimiento, estando apercibido personalmente en audiencia de 5 de enero de 2025 para su presentación, sin entregar justificaciones verosímiles o suficientes, que pudiesen ser respaldadas documentalmente respecto de los incumplimientos ni en la audiencia convocada al efecto, ni en esta instancia, por lo que la decisión se ajusta a derecho. 3°) Que, como se ha señalado reiteradamente por estos sentenciadores, no puede quedar entregado a la voluntad del encartado el cumplimiento de la pena sustitutiva, siendo el espíritu de la Ley 18.216 que no todas las condenas sean cumplidas de forma efectiva para apuntar hacia una reinserción social, otorgando formas alternativas de cumplimiento, que eviten el contacto criminógeno cuando son delitos de menor entidad y se cumple con los requisitos legales. Pero por ningún motivo ello puede significar que el penado pueda sustraerse del cumplimiento de la forma alternativa con la que fue beneficiado, menos cuando ya había sido apercibido. 4°) En definitiva, dados los múltiples incumplimientos de la pena sustitutiva constatados desde la dictación de la sentencia el 3 de abril de 2024, se configura en la especie un incumplimiento grave y reiterado, en conformidad al artículo 25 N°1 de la Ley 18.216. Por dichos fundamentos y conforme a lo previsto en los artículos 25 N°1 y 37 de la Ley 18.216, se confirma la resolución en alzada de veintinueve de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en dependencias de Gendarmería y ordenó que el condenado Cristian Iván Schmidt Vargas deberá dar cumplimiento efectivo del saldo de la pena por el delito de receptación de vehículo motorizado. No firma el Ministro don Moisés Montiel Torres, quien concurrió a la vista y acuerdo por encontrarse con feriado legal. Devuélvase. Rol Penal 146-2025.-
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Puerto Montt, trece de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que se elevan estos antecedentes por la apelación interpuesta por la Defensoría Penal Pública en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en establecimiento de Gendarmería y ordenó que el condenado Cristian Iván Schmidt Vargas deberá dar c
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