NAVARRETE/CALCUMIL
Rol
5955-2023
Fecha
13 de marzo de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento sumario especial de oposición de regularización de la posesión del Decreto Ley N° 2.695 tramitado ante el Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno bajo el Rol C-697-2019, caratulado “Navarrete con Calcumil”, la parte demandada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia de fecha de cinco de enero del año en curso, que revocó la de primer grado de veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, que acogió el incidente de abandono del procedimiento y, en su lugar, lo rechazó. 2°) Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°) Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Jorge Pinto Agurto, en representación de la parte demandada, en contra de resolución de cinco de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 5955-2023.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Jorge Pinto Agurto, en representación de la parte demandada, en contra de resolución de cinco de enero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 5955-2023.-
Texto Completo (Preview)
1 2 Santiago, trece de marzo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento sumario especial de oposición de regularización de la posesión del Decreto Ley N° 2.695 tramitado ante el Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno bajo el Rol C-697-2019, caratulado “Navarrete con Calcumil”, la parte demandada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resoluc
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