JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ WISTONG ANDRES CAICEDO GAMBOA

Rol

Fecha

8 de enero de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución adoptada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de Prisión preventiva por las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta sólo se ve resguardada con la medida cautelar de prisión preventiva, teniendo en consideración el ilícito por el cual fue formalizada la investigación, esto es, el delito de Tráfico de droga en pequeñas cantidades, artículo 4° de la Ley 20.000, las circunstancias y modalidad de su comisión, la pena asignada a este, su eventual forma de cumplimiento, haber sido detenido en flagrancia y no habiendo variado sustancialmente los antecedentes que se tuvieron a la vista al momento de decretar la prisión preventiva, lo que permite estimar que la libertad de éste, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro de fuga y para los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad.  Teniendo en consideración los antecedentes expuestos, y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 144, 145, 155 y 370 del Código Procesal Penal; se revoca la resolución en alzada de fecha ocho de enero del año en curso, dictada por don Cristian Arturo Alfonso Durruty, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que dispuso las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional; y en su lugar

Fallo

se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Pedro Fernando Angulo Angulo.  Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal Nº 22-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, ocho de enero de dos mil veintiséis.  Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución adoptada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de Prisión preventiva por las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional res

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