FISCALIA LOCAL CONCEPCION C/ GLADYS JOSELIN MENESES LLANCALAHUEN
Rol
Fecha
8 de enero de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de lo expuesto en audiencia, compartiendo los argumentos vertidos en la resolución que se revisa, teniendo presente que del examen de los antecedentes se concluye que no han variado las circunstancias que se tuvieron en consideración al decretar la prisión preventiva respecto del imputado, toda vez que la defensa no introduce elementos nuevos que alteren aquellos que sostienen los hechos que se le atribuyen, a lo que se adiciona que en esta etapa de la investigación se encuentran suficientemente establecidos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, y
Fundamentos
considerando que las alegaciones de la defensa apuntan a cuestiones de fondo que deben ser resueltas por el tribunal que conozca de la acusación, y visto lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, por la que dispuso la mantención de la medida de prisión preventiva respecto del imputado Abad Cuero Belalcazar. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°5-2026.Penal.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, ocho de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Atendido el mérito de lo expuesto en audiencia, compartiendo los argumentos vertidos en la resolución que se revisa, teniendo presente que del examen de los antecedentes se concluye que no han variado las circunstancias que se tuvieron en consideración al decretar la prisión preventiva respecto del imputado, toda vez que la defensa no int
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