BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CÁRCAMO
Rol
Fecha
8 de enero de 2026
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA, AP Y SIN COSTAS
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial, que si bien el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil, establece el desistimiento como un derecho a ejercer por la ejecutante la misma disposición, en su inciso final, no lo exime de la responsabilidad y perjuicios que se le hubiesen causado a la ejecutada por la interposición de la respectiva demanda ejecutiva SE CONFIRMA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de veintinueve de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en los autos rol C-6649-2024. Devuélvase. N°Civil-3333-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción PZC/mfv Concepción, ocho de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial, que si bien el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil, establece el desistimiento como un derecho a ejercer por la ejecutante la misma disposición, en su inciso final, no lo exime de la responsabilidad y perjuicios que se le hubiesen causado a la ejecutad
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