JUZGADO DE LETRAS DE CAÑETE

SANDRO DONARGI MONTECINO QUIDEL CON ECO-PAISAJISMO Y CONSTRUCCION SANTA EDITH SPA

Rol

Fecha

8 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que consta del contrato de trabajo de fecha 17 de noviembre de 2022 y su anexo, que el trabajador en su individualización se declaró domiciliado en la comuna de Contulmo, estipulando las partes que el trabajador se obligaba a realizar sus funciones en la ejecución de la obra “Mejoramiento Ruta Nahuelbuta”, emplazada en distintas comunas como Puren y Los Ángeles. 2°) Que, como se puede observar, del contrato de trabajo suscrito por las partes se infiere claramente que el actor debió trasladarse desde la comuna de Contulmo, donde tenía su domicilio, a las comunas de Puren, Angol o Los Ángeles para la prestación de sus servicios, por lo que el cambio de residencia “consta” en el contrato, sin que necesario o se exijan términos formales, sacramentales o específicos sobre el punto, pues basta al efecto que propio contrato permita establecer la circunstancia antes anotada. 3°) Que, en conclusión, los presupuestos fácticos de aplicación de la norma del inciso final del artículo 423 del Código del Trabajo que señala como juez competente el del domicilio del demandante, se ven satisfechos plenamente en esta causa. Por estas consideraciones y normas legales citadas, SE REVOCA, sin costas la resolución de nueve de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de Cañete en los autos RIT M-7-2025 y se declara que dicho tribunal es competente para conocer la demanda, debiendo continuar su tramitación. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-577-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas, SE REVOCA, sin costas la resolución de nueve de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de Cañete en los autos RIT M-7-2025 y se declara que dicho tribunal es competente para conocer la demanda, debiendo continuar su tramitación. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-577-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CFR/rtp Concepción, ocho de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1°) Que consta del contrato de trabajo de fecha 17 de noviembre de 2022 y su anexo, que el trabajador en su individualización se declaró domiciliado en la comuna de Contulmo, estipulando las partes que el trabajador se obligaba a realizar sus funciones en la ejecución de la obra “Mejoramiento R

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica