2º JUZGADO POLICIA LOCAL DE LAS CONDES

VIEGO/TUV RHEILAND ANDINO S.A.

Rol

Fecha

8 de enero de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: 1° Que la demandante solicita se condene a la demandada a pagar una indemnización a título de lucro cesante ascendente a $10.500.000, “constituido por lo que se deja de ganar por el hecho de la conducta dañina”. 2° Que el lucro cesante corresponde a la utilidad, provecho o beneficio económico que una persona deja de obtener como consecuencia de un hecho ilícito. 3° Que en la demanda no se precisa en que consiste el lucro cesante que señala habría sufrido la actora, lo que desde ya constituye un impedimento para regular dicha indemnización. Con todo, atento lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, correspondía a dicha parte justificar la existencia y monto de dicha indemnización, lo que en la especie no aconteció, imponiéndose el rechazo de la demanda en lo que dice relación con este rubro. 4.- Que las alegaciones vertidas en el escrito de apelación, no logran desvirtuar las conclusiones a que ha arribado el fallo y que esta Corte comparte. Por estas consideraciones y de conformidad, además con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de tres de abril de dos mil veintitrés, escrita a fojas 233 y siguientes, pronunciada por el 2° Juzgado de Policía Local de Las Condes, con declaración que, además, la demanda de indemnización de perjuicios por concepto de lucro cesante queda rechazada. Regístrese y devuélvase. N° 1633-2023 Policía Local.

Fallo

fallo y que esta Corte comparte. Por estas consideraciones y de conformidad, además con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de tres de abril de dos mil veintitrés, escrita a fojas 233 y siguientes, pronunciada por el 2° Juzgado de Policía Local de Las Condes, con declaración que, además, la demanda de indemnización de perjuicios por concepto de lucro cesante queda rechazada. Regístrese y devuélvase. N° 1633-2023 Policía Local.

Texto Completo (Preview)

Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados doña María Paz Riesco y don Felipe Huentenao por y contra el recurso, por el tiempo de 20 y 15 minutos respectivamente. Santiago, 8 de enero de 2026. Florencia Sáez Bugmann, relatora. Santiago, ocho de enero de dos mil veintiséis. Al escrito folio N° 32 y 33: Téngase presente. Vistos y teniendo además presente: 1° Que la demandante solic

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