SIN INFORMACION

MIGUELES UGARTE MONICA/ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A

Rol

Fecha

8 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 1 de octubre de 2025, comparece a través de formulario doña Mónica del Carmen Migueles Ugarte, por sí, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en cobros por concepto de consumo de energía eléctrica, lo que vulnera las garantías consagradas en el artículo 19 N°s 2 y 25 de la Constitución Política de la República. Expone que: (i) en mayo del año 2023 recibió una cuenta por consumo eléctrico; (ii) se comunicó con la empresa de distribución eléctrica; (iii) fue visitada por trabajadores de ésta, quienes le cambiaron el medidor y le indicaron que debía esperar una refacturación de su cuenta; (iv) en abril de 2024, ante falta de soluciones, interpuso un reclamo ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; (v) el 28 de junio de 2024 la Superintendencia acogió su reclamo y dispuso que la recurrida debía refacturar la cuenta y; (vi) el 22 de septiembre de 2025, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles acogió un recurso de reposición de la compañía de distribución eléctrica, determinando que debía pagarse el total de la cuenta. Hace presente que Enel Distribución Chile S.A. durante la tramitación del reclamo ante la superintendencia la hostigó mediante el corte del suministro eléctrico y que nunca ha dejado de pagar sus cuentas mensuales. En definitiva, solicita pagar sólo lo que le corresponda, sin intereses, toda vez que el medidor es de la empresa y no es responsable por su deterioro. Segundo: Que, el 8 de octubre de 2025, la Jefa de la División Jurídica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, doña Nadie Muñoz Muñoz, evacuó el informe requerido, a través del cual expone, en lo pertinente, que: (i) el 15 de abril de 2024 la actora presentó un reclamo en contra de Enel por cobros que estima excesivos en su cuenta de suministro eléctrico, en el que indicó que en mayo de 2023 le cambia

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por doña Mónica del Carmen Migueles Ugarte, en contra de Enel Distribución Chile S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-21515-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Pedro Caro Romero, conformada por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de enero de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 1 de octubre de 2025, comparece a través de formulario doña Mónica del Carmen Migueles Ugarte, por sí, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en cobros por concepto de consumo de e

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