BANCO DE CHILE/HURTADO
Rol
Fecha
8 de enero de 2026
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la base de remate N°2, no exige que el mínimo de las posturas sea pagado en unidades de fomento, sino que se señala expresamente que dicho mínimo corresponderá al equivalente en pesos, a la fecha del remate, de 1.587,99 unidades de fomento, cumpliendo en consecuencia con la determinación del mínimo para la subasta, fijando una suma en pesos equivalente a una unidad de reajustabilidad en la forma propuesta y conforme a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución dictada el veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro por el Primer Juzgado de Letras de Quillota, en autos Rol C-2600-2019, y, en su lugar, se ordena al tribunal a quo proveer derechamente lo principal de la petición de folio N°32 del cuaderno de apremio. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-1495-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso ahd Valparaíso, ocho de enero de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la base de remate N°2, no exige que el mínimo de las posturas sea pagado en unidades de fomento, sino que se señala expresamente que dicho mínimo corresponderá al equivalente en pesos, a la fecha del remate, de 1.587,99 unidades de fomento, cumpliendo en con
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