PERALTA LOBOS, JOAO ANDRÉS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
8 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece José Maclean Zúñiga, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Joao Andrés Peralta Lobos, cédula nacional de identidad Nº16.308.884-3 y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°1109-2025, de 15 de octubre de 2025, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente una pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor de un delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3 de la Ley N°20.000. Señala que el actor cumple los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo como fundamento el contenido del informe psicosocial de Gendarmería de Chile el cual da cuenta de presentar el interno un riesgo medio de reincidencia, no presentar conciencia del mal causado, y no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión únicamente en los factores negativos descritos en el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, y no tomar en consideración los avances que el interno presenta en su proceso de reinserción social. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que evacuó informe en representación de la Comisión de Libertad Condicional año 2025 la jueza María Inés Devoto Torres, indicando que se rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado, toda vez que el informe de postulación psicosocial de Gendarmería de Chile da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo de reincidencia medio, no presentar conciencia del mal causado a las víctimas, y no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos, compartiéndose lo expuesto en el referido informe en cuanto a que “si bien el interno ha disminuido el riesgo de reincidencia, de alto a medio, se sugiere dar continuidad a su plan en sistema cerrado, con la finalidad de abordar factores de riesgo generales y específicos que se mantienen latentes en el penado, a fin de abordar sus características con potencial criminógeno. Se da cuenta también que si bien se aprecia en el interno conciencia de la gravedad del delito, ya que asume responsabilidad en el acto delictivo, reconociendo que tomó una decisión inadecuada sin pensar en las consecuencias, no presenta conciencia de mal causado, pues da un trato superficial a la salud pública, centrándose en sus pérdidas personales, y no manifestando rechazo explícito a la comisión de delitos, todo lo cual conlleva a que ex
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Peralta Lobos, Joao Andrés Comisión de Libertad Condicional 2°Semestre Recurso de amparo Rol N°4-2026 La Serena, ocho de enero de dos mil veintiséis VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece José Maclean Zúñiga, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Joao Andrés Peralta Lobos, cédula nacional de identidad Nº16.308.884-3 y en contra de la Comisión de Liber
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