ANONIMIZADO
Rol
Fecha
8 de enero de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que las alegaciones realizadas en estrado no lograron desvirtuar lo razonado y concluido por el tribunal de primera instancia; y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la sentencia apelada de siete de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el 4° Juzgado de Familia de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 1.228-2025 Familia.
Texto Completo (Preview)
Alegó revocando el abogado Marcos Estrada, quien se anotó por 10 minutos y confirmando la abogada Sylvana Aranda, quien se anotó por 14 minutos. C.A. de Santiago Santiago, ocho de enero de dos mil veintiséis Al folio 14 y 15: Téngase presente. Vistos: Que las alegaciones realizadas en estrado no lograron desvirtuar lo razonado y concluido por el tribunal de primera instancia; y teniendo presente,
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