JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

15 de enero de 2026

Materia

RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña María Araya Canales, en contra de la resolución de fecha catorce de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 722 en el expediente digital, por improcedente, en atención a la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. Rol N° Familia-782-2025 (jab).

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña María Araya Canales, en contra de la resolución de fecha catorce de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 722 en el expediente digital, por improcedente, en atención a la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. Rol N° Familia-782-2025 (jab).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, quince de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña María Araya Canales, en contra de la resolución de fecha catorce de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 722 en el expediente dig

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