TOLEDO/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
8 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Nevenka Gortari Beltrán, abogada, en representación de Francisco Javier Toledo Letelier, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por haber incurrido esta última en un acto que considera arbitrario e ilegal consistente en continuar otorgando cobertura y acceso limitado y discriminatorio a las prestaciones de salud mental, vulnerando con ello las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 números 1°, 2°, 9° y 24 de la Constitución Política de la República. Señala que el recurrente se encuentra afiliado y vinculado contractualmente con la Isapre recurrida desde marzo del año 2015 a través de un plan de salud, que contrató sin preexistencias y,
Fallo
por tanto, sin restricción alguna de coberturas para patologías. Refiere que previo a la entrada en vigencia de Ley N°21.331, el artículo 190 del D.F.L. Nº1 del Ministerio de Salud, de 2005, permitía a las Isapres diseñar planes de salud con coberturas reducidas para determinadas prestaciones, disponiendo las Isapres, en virtud de dicha norma, coberturas reducidas para el conjunto de prestaciones asociadas a la salud mental. Añade que posteriormente, mediante Circular IF/N°396 de 8 de noviembre de 2021 de la Superintendencia de Salud, se dispuso el ajuste de las normas administrativas vigentes sobre la cobertura que debe otorgar el plan de salud a las atenciones de salud mental conforme Ley Nº21.331, asegurándose así que los nuevos planes de salud suscritos no otorguen a esas prestaciones una cobertura inferior a la que se contempla para las enfermedades físicas. Afirma que la Isapre recurrida le continúa otorgando una cobertura limitada a las prestaciones psicológicas y psíquicas por el solo hecho de tener el actor un plan antiguo, lo cual resulta discriminatorio y atenta contra sus garantías fundamentales. Solicita se declare ilegal y arbitrario el acto de la Isapre recurrida; se le instruya a dejar sin efecto la aplicación de ese criterio y dar cobertura completa a todas las prestaciones de salud mental, sin excepción y sin limitación alguna, de la misma forma que las demás prestaciones; todo lo anterior con costas. Segundo: Que, informando Isapre Colmena Golden Cross S
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, ocho de enero de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Nevenka Gortari Beltrán, abogada, en representación de Francisco Javier Toledo Letelier, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por haber incurrido esta última en un acto que considera arbitrario e ilegal consistente en continuar otorgando cober
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica