SIN INFORMACION

REYES PEÑA BASTIAN GONZALO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

7 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don JONATHAN ANDRÉS GALAZ GONZÁLEZ, abogado, defensor público penitenciario, en representación del condenado y amparado don BASTIÁN GONZALO REYES PEÑA, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva (CDP) Santiago Sur, interponiendo recurso de amparo en favor del mencionado. La acción se dirige en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, por la resolución de treinta de octubre de dos mil veinticinco, mediante la cual se rechazó la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional para el segundo semestre de dicho año. El recurrente alega que dicha resolución es arbitraria e ilegal, vulnerando el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Argumenta que su representado cumple con los requisitos objetivos de tiempo (habiendo cumplido el mínimo el 18 de enero de 2025) y conducta (calificada como "Muy Buena" en los últimos seis bimestres). Sostiene que la Comisión se basó exclusivamente en factores negativos del informe psicosocial sin ponderar los avances en su proceso de reinserción ni explicar por qué las conclusiones de dicho informe impiden el beneficio en el medio libre, citando jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema y las Reglas de Mandela sobre el retorno progresivo a la sociedad. Solicita acoger el amparo y ordenar la concesión del beneficio. SEGUNDO: Que, requerida de informe, la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, doña Sandra Araya Naranjo, lo evacúa con fecha treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. Informa que el amparado fue postulado por el CDP Santiago Sur y que, por unanimidad, se rechazó el beneficio mediante resolución de treinta de octubre de dos mil veinticinco. Señala que, si bien el postulante cumple con los requisitos de los numerales 1 y 2 del artículo 2° del Decreto Ley N° 321 (tiempo y conducta), la documentación técnica revela factores de riesgo de reincidencia que desaco

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que la sustentan, sin que se aprecie una vulneración a la libertad personal del amparado, quien permanece privado de ella en virtud de sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Jonathan Andrés Galaz González en favor de BASTIÁN GONZALO REYES PEÑA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. Amparo N° 5347-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de enero de dos mil veintiséis. Al folio 7; téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don JONATHAN ANDRÉS GALAZ GONZÁLEZ, abogado, defensor público penitenciario, en representación del condenado y amparado don BASTIÁN GONZALO REYES PEÑA, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva (CDP) Santiago Sur, interponiendo recurso d

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