JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ MAXIMILIANO BRYAN VAN RYSSEGHEM IBACETA

Rol

Fecha

7 de enero de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Se ha deducido recurso de apelación de la defensa en contra de la resolución que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado, cuestionando la configuración de los literales b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito, esto es, tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3 de la Ley N°20.000, en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado. 2°) En cuanto a los antecedentes que permiten presumir fundadamente que el imputado ha tenido participación en el delito como autor, emanan del parte de denuncia y el haber sido sorprendido flagrantemente en el mismo, encontrándose las sustancias ilícitas dentro de su vehículo. 3°) Tratándose de la necesidad de cautela, se tendrá presente el delito por el cual ha sido formalizado el encartado, la pena asignada al mismo, y la circunstancia de haber incurrido en el delito formalizado mientras se encontraba cumpliendo una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. De esta manera, resulta concluyente que la prisión preventiva es la única medida cautelar que permite resguardar la seguridad de la sociedad y prever la comparecencia del imputado a los actos del procedimiento, resultando insuficientes otras medidas cautelares. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Copiapó, en audiencia de treinta de diciembre de dos mil veinticinco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Maximiliano Bryan Van Rysseghem Ibaceta, por peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-10-2026

Texto Completo (Preview)

Fecha: siete de enero de dos mil veintiséis Sala: Primera Rol Corte: Penal-10-2026 Ruc N°: 2501867778-7 Rit N°: O-9868-2025 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, ministro señor Pablo Krumm De Almozara, ministra señora Erika Villegas Pavlich y ministra (S) señora Llilian Durán Barrera Relatora: Anita Niculcar Solís Abogado Asesor M.P.: Sergio

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