JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/ ALEXANDER EDUARDO PÉREZ VALENZUELA.

Rol

Fecha

7 de enero de 2026

Materia

DAÑOS SIMPLES. ART. 484.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que, del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia respectiva, se desprende que, en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos materia de la formalización, los que por lo demás no fueron cuestionados por la defensa. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, teniendo en consideración la naturaleza y número de los delitos, forma de comisión, bienes jurídicos protegidos, la circunstancia de contar con antecedentes penales por delito de la misma especie y el hecho de contar con causas vigentes, una de ella con medidas cautelares al momento de la comisión de los hechos. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 352 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta de diciembre de dos mil veinticinco, en la causa RIT 10616-2025 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Alexander Eduardo Pérez Valenzuela. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°35-2026 Penal

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Fecha: siete de enero de dos mil veintiséis. Sala: Cuarta Rol Corte:35-2026 RIT: 10616-2025 Ruc: 2501867412-5 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Natalia Arancibia Sepúlveda Imputado: Alexander Eduardo Pérez Valenzuela Tipo de Recurso: Apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: folios N°s 4 y 5 San Miguel, siete de enero de dos mil veintiséis Vistos: Que, del mérito

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